- 26 de mayo de 2017
A menos de dos meses del IVA online, ¿lo tienes claro?
Entrará en vigor el próximo 1 de julio y afectará a más de 63.000 empresas españolas.
La Agencia Tributaria publicó el pasado lunes, 15 de mayo, la Orden Ministerial –HFP/417/2017– en la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros de Registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, también conocida como Suministro Inmediato de Información (SII) o IVA online, que entrará en vigor el próximo 1 de julio y que obligará a más de 63.000 empresas españolas.
Con esta publicación, la AEAT cierra, por ahora, el proceso de definición y regulación de las especificaciones normativas y técnicas en su versión 7 del nuevo sistema que se han ido desarrollando desde enero en la prueba piloto en la que ha participado SERES, en su doble condición de proveedora de este tipo de servicios y empresa obligada por la nueva norma.
Las principales novedades
La Orden introduce algunos cambios ya previstos con anterioridad, por lo que concreta los libros de facturas expedidas y recibidas, estableciendo las distintas tipologías de registros de facturas e indicando cuales son las operaciones con transcendencia tributaria. A nivel técnico, se especifica cómo deberán estar construidos los mensajes XML a enviar con los registros de facturación y el número máximo de registros por envío a la sede electrónica de la AEAT, que está cifrado en 10.000.
Además, aunque existe la posibilidad de usar un formulario publicado en la sede electrónica, la comunicación prioritaria con la AEAT será “máquina a máquina”, “lo que conlleva –explica Alberto Redondo, director de Marketing de SERES para Iberia y Latam- una implicación a nivel tecnológico y operativo importante y complejo para muchas empresas. Esta dificultad se ha podido ver en las pruebas, donde el volumen de empresas que han probado está excesivamente lejos de las obligadas, además de que las empresas que lo han intentado por su cuenta, creyendo que era fácil y sencillo, han visto el trasfondo de cambio.”
Según SERES, nada parece indicar que vaya a haber un aplazamiento en la entrada en vigor del SII, el próximo 1 de julio. Nadie discute que hay un tira y afloja entre el sector público y privado sobre el plazo, pero la respuesta tajante de la Agencia y los cambios normativos que implicarían esta variación reducen significativamente esta posibilidad. La Agencia ha trasladado que “en ningún momento se ha pensado el proyecto como un régimen sancionador”, la AEAT “quiere y tiene claro que hay que ser consciente de la dificultad de este proyecto y la dificultad para las empresas. Lo que queremos es tener la información y lo que no queremos es simplemente sancionar a las empresas. Queremos trabajar conjuntamente y compartir todas las experiencias que tengamos y resolver todas las dudas que surjan a los contribuyentes”.
“Anunciar ahora las especificaciones no es un grave problema sobre todo porque se ha venido trabajando con información desde enero. Sí es cierto que las empresas que no hayan avanzado o las compañías de tecnología y ERPs que necesiten de unas especificaciones cerradas para empezar tienen un hándicap en las 7 semanas que quedan hasta la fecha de obligatoriedad”.
“Se espera que las diputaciones forales y Canarias se sumen al proyecto en 2018. Tanto Canarias, Navarra como Vizcaya ya se han pronunciado de alguna manera y todavía se está a la espera de Álava y Guipúzcoa. Es evidente que el 1 de julio no acaba el proyectos del SII en las empresas, es más, se empieza un camino que traerá cambios tanto desde el punto de vista normativo, operativo, técnico, y, si se persigue la entrega del borrador del IVA, de nuevos contribuyentes obligados. Debemos ser ágiles para adaptarnos rápidamente a los cambios continuos que están por venir”.
FUENTE: TICYPYMES