- 24 de noviembre de 2022
Ampliación de la línea de avales para garantizar la liquidez a autónomos y empresas
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se realiza una segunda modificación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Mediante este acuerdo, se amplía el plazo de solicitud de los avales hasta el 1 de diciembre de 2023. Esta línea de avales, aprobada en el Real Decreto-ley 6/2022, cuenta con una dotación de 10.000 millones de euros. Se activó en mayo un primer tramo de 5.000 millones gestionado por el Instituto de Crédito Oficial en colaboración con las Entidades Financieras.
Además de la ampliación de la línea, se introducen algunas modificaciones en la configuración del primer tramo activado en mayo. Así, el primer tramo de la Línea se divide en dos compartimentos, uno de 3.500 millones para pymes y autónomos y otro de 1.500 millones para grandes empresas, con el fin de garantizar el acceso a la financiación de empresas de todos los tamaños.
Asimismo, en línea con la última ampliación del Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Unión Europea, se incrementan los umbrales máximos de avales de importe limitado por empresa a 2.000.000 euros con carácter general, 250.000 euros para empresas primarias de productos agrícolas y 300.000 euros para pesca y acuicultura, que seguirán manteniendo las condiciones anteriores.
Para préstamos por importe superior, con el fin de evitar que las empresas más grandes puedan agotar el aval disponible, se establece un límite absoluto de 150 millones de euros por beneficiario, que se añade a las limitaciones de importe que ya venían establecidas en función de su volumen de negocio o de sus costes energéticos.
Características de la Línea de Avales
La línea tiene como objetivo garantizar la liquidez de autónomos y empresas de todos los sectores económicos afectados por los efectos económicos de la guerra de Rusia en Ucrania, con excepción del sector financiero y de seguros.
Los avales se destinan a garantizar nuevas operaciones de financiación concedidas por las Entidades Financieras, y podrán solicitarlos hasta el 1 de diciembre de 2023 los autónomos y empresas que no se encuentren en situación de morosidad ni en procedimiento concursal a la fecha de firma de la operación, ni estén sujetos a sanciones por parte de la Unión Europea, ni tengan en el momento de solicitud del aval ningún proceso de ejecución de avales gestionados por el ICO.
El aval garantizará hasta el 80% de los nuevos préstamos de operaciones solicitadas con importe máximo avalado de hasta 2.000.000 euros con carácter general, 250.000 euros para empresas primarias de productos agrícolas y 300.000 euros para pesca y acuicultura, en una o varias operaciones de préstamo. En estos casos, el aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 10 años.
Superados estos umbrales, el importe máximo del total de préstamos avalados por beneficiario se fijará en función de su volumen de negocio anual medio o de sus costes energéticos en los 12 últimos meses, pero en ningún caso podrá superar los 150 millones de euros. En estos préstamos, el aval podrá garantizar hasta el 80% del importe del crédito para pymes y autónomos y hasta el 70% para el resto de empresas. La duración del aval coincidirá también con el plazo de amortización de la operación, que será de hasta ocho años.
Todas las operaciones contarán, a solicitud del deudor, con un
periodo de carencia inicial del principal de 12 meses y las entidades
financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes
hasta el 31 de diciembre de 2023. Asimismo, las Entidades Financieras deberán
aplicar los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de sus clientes y
no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por
parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
FUENTE ADADE CENTRAL