- 16 de febrero de 2016
El BOE confirma la subida de la cuota mínima en autónomos
Según informa la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), en el caso de los miembros del colectivo que lo integran en función de su actividad como administradores societarios la base mínima será de 1.067,4 euros. A esta cantidad hay que incluir una excepción, pues en los doce primeros meses de su actividad se les aplicará la base mínima general.
Del mismo modo, el anuncio mantiene la reducciones de cuotas para los autónomos de los sectores de comercio ambulante y venta a domicilio, además de las rebajas en los casos de pluriactividad. En paralelo, del documento se desprende que se han establecido nuevas normas de cotización para los autónomos pertenecientes al Sistema Especial Agrario y del Régimen del Mar.
Bajas laborales
En lo que respecta a los autónomos que no cotizan por incapacidad temporal, la orden confirma que se mantiene el tipo del 26,5%. Esta cantidad sube hasta el 29,8%, pero se mantiene, para los autónomos con carácter general.
Asimismo, los autónomos que no coticen por accidente de trabajo y enfermedad profesional deberán incrementar su cotización en un 0,10 % para cubrir las prestaciones por maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo que se cubren con independencia de que se cotice o no por prestaciones profesionales.
FUENTE: CINCO DIAS