- 28 de septiembre de 2022
Estas son las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social si contratas una empleada de hogar
Pretenden reducir el impacto del aumento de las cotizaciones. Algunas existían antes de los cambios aprobados por el Gobierno.
La situación laboral de las empleadas de hogar ha mejorado recientemente con la puesta en marcha de las nuevas medidas al calor del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La más destacada de todas es la ampliación de la cotización de estas trabajadoras, que por fin podrán hacerlo por desempleo y por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Este aumento en la cotización conlleva de forma irremediable un aumento
en el pago de cuotas a la Seguridad Social por parte de los empleadores de
estas trabajadoras. Por eso, el Gobierno ha incluido ciertas bonificaciones en
el pago de esas cuotas para reducir el impacto del aumento de
las mismas en la economía de los empleadores.
En su cuenta de atención a la ciudadanía de la red social Twitter,
la Seguridad Social ha explicado que tanto las personas que quieran contratar a
una empleada de hogar como las que ya la tienen contratada tienen derecho a las
bonificaciones en las cuotas.
Estas bonificaciones aparecen recogidas en el Real Decreto-ley 16/2022,
de 6 de septiembre, que se puede consultar en
este enlace del Boletín Oficial del Estado. En
concreto, se establecen dos bonificaciones que afectan a todos los contratos
firmados con trabajadoras del hogar:
-Una bonificación del 20% de la cuota resultante en
concepto de contingencias comunes.
-Una bonificación del 80% de la cuota resultante en
concepto de desempleo y FOGASA.
Estas reducciones son para los empleadores y no reducirán la aportación
del trabajador. El texto de la ley deja claro que las bonificaciones se
producirán en la "aportación empresarial a la cotización a la Seguridad
Social".
Estas bonificaciones no serán indefinidas. En la disposición adicional
quinta de la ley se explica que después de dos años de la entrada en
vigor de la misma se procederá a evaluar su eficacia:
"Dicho análisis evaluará su eficacia y valorará la conveniencia de
mantener los citados incentivos a la contratación".
Otras
bonificaciones en las cuotas de las empleadas de hogar
Tal y como explica la Seguridad Social en su página web, existen otras
bonificaciones que se aplicaban antes de la entrada en vigor de las nuevas
condiciones laborales para las empleadas de hogar. Estas bonificaciones son
igualmente para los empleadores y, de reunir requisitos para disfrutar varias,
solo se aplicará la de mayor cuantía:
-Un 20% en la cuota del empleador si la trabajadora no
realizó tareas domésticas para ese empleador entre el 2 de agosto y el 31 de
diciembre de 2011.
-Un 45% en la cuota del empleador en el caso de
pertenecer a una familia numerosa.
-Un 100% de la cuota del empleador si se da de alta a una persona con movilidad reducida, que vaya a sustituir a una víctima de violencia de género o que sustituya a la trabajadora habitual por razones de baja por maternidad o de riesgo durante el embarazo.