- 14 de marzo de 2020
Garamendi cree que si se malinterpreta la guía de Trabajo pondría patas arriba la producción
El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha asegurado este jueves que determinadas interpretaciones de la guía elaborada por el Ministerio de Trabajo para frenar la expansión del coronavirus podría "poner patas arriba el sistema productivo español".
En una entrevista en Cope, Garamendi ha defendido que la posibilidad de que un trabajador decida a su "libre albedrío" abandonar su puesto de trabajo si cree que puede padecer la enfermedad -una circunstancia que la guía limita a casos con "riesgo grave e inminente de contagio"- pone "patas arriba" el sistema productivo.
Asimismo, ha criticado la sugerencia de recurrir al teletrabajo porque no es posible en sectores como la hostelería o la industria, en cuyo caso "paralizarían el país".
Garamendi ha afeado que la guía genera "una alerta y confusión que no corresponde con la valoración del Ministerio de Sanidad" y ha insistido en que "los ministerios tienen que ir coordinados".
Con respecto al posible impacto de la crisis del coronavirus en el crecimiento económico, el presidente de la patronal se ha limitado a señalar que es pronto para hacer cálculos, ya que antes es necesario valorar "hasta qué punto nos va a afectar".
Garamendi ha criticado, en otra entrevista en Onda Cero, que el Ministerio de Trabajo no haya convocado previamente a patronal y sindicatos, "que somos los que sufrimos el tema" y que no se haya coordinado con los departamentos del Gobierno como el de Sanidad y el de Economía, con los que la CEOE está en contacto.
Además de por las formas, ha manifestado su malestar por el contenido de la guía, en la que se ha hecho un "corta-pega" con el que "se genera alerta y no se resuelve nada".
"Hay que tener mucho cuidado porque estamos hablando desde el punto de vista del turismo, hay hoteles en los que caen las reservas por este tipo de noticias", que también pueden llevar a pensar que hay "falta de suministros a las empresa", ha dicho.
El Ministerio de Trabajo publicó el pasado miércoles una "Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus", en la que establece la paralización de la actividad laboral en un centro de trabajo debería adoptarse si existe un peligro "grave, inminente e inevitable" de contagio.
Las empresas, no obstante, deberán cesar la actividad cuando las autoridades sanitarias aconsejen el cierre por razones de cautela, lo que se consideraría una causa de fuerza mayor.
Los empresarios califican la guía de "grave error"
La CEOE y Cepyme ya mostraron ayer su disconformidad con la guía mediante un comunicado. Las patronales consideran que el Ministerio de Trabajo y Economía Social comete un "grave error" al difundir una guía de actuación en el ámbito laboral en relación con la epidemia del coronavirus.
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales cree que la decisión de Trabajo genera alerta y confusión al no corresponder con la evaluación del riesgo efectuada por el Ministerio de Sanidad.
El Ministerio de Trabajo transmitió este miércoles a las empresas que la paralización de la actividad laboral en un centro de trabajo debería adoptarse si existe un peligro "grave, inminente e inevitable" de contagio del coronavirus, y aclaró que la interpretación de la situación de riesgo debe ser "restrictiva".
Las empresas, no obstante, deberán cesar la actividad cuando las autoridades sanitarias aconsejen el cierre por cautela, lo que se consideraría una causa de fuerza mayor, según consta en la "Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus", elaborada por el Ministerio.
La patronal añade que la decisión de Trabajo no ha contado con la participación de las empresas ni de los sindicatos a pesar de que lo había solicitado previamente, lo que contribuye según la patronal a una mayor incertidumbre.
Los empresarios, según la patronal, trabajan desde hace semanas en la prevención y contención del riesgo de contagio de la mano del Ministerio de Sanidad y en coordinación con el resto de los interlocutores sociales y otros agentes al tratarse de un asunto de salud pública.
El ministerio desoye a los interlocutores sociales y deja al margen la necesaria protección de las empresas en un momento trascendente, añade la CEOE, al publicar documento durante la tarde sin ni siquiera habérselo comunicado previamente a las organizaciones que conforman el diálogo social.
El documento de Trabajo no aporta ninguna novedad para garantizar la salud de los trabajadores ni para minimizar el impacto en la actividad económica, según la CEOE, que opina que se limita a la transcripción de normas y procedimientos poco adecuados para hipotéticas situaciones de urgencia por razones de riesgo de salud pública.
Tampoco responde, añade la fuente, a los supuestos de caída repentina de la actividad o falta de suministros que ya están afectando a numerosos sectores y empresas, por lo que la CEOE pide urgentemente que se tomen medidas excepcionales para proteger a las empresas en esta situación en el diálogo social y en coordinación con todos los ministerios competentes.
El cierre de las empresas es una "medida extrema" que está prevista en la ley de prevención de riesgos laborales para "situaciones de muy elevado riesgo", declaró en el Congreso de los Diputados la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
"Esperemos que no tenga que llegar a aplicarse, pero el Gobierno tiene que prever todas las situaciones (...) mando un mensaje de tranquilidad, no está pasando nada", dijo la ministra.
La guía recuerda que, dentro de la normativa laboral, existe la posibilidad de recurrir al teletrabajo y a los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) para reducir o suspender total o parcialmente la actividad de la empresa si fuera necesario.
La guía aclara que si alguna empresa afectada por el coronavirus paraliza su actividad sin tramitar un ERTE, los empleados conservarán el derecho a su salario.
En el caso de que el ERTE sea por fuerza mayor (aislamiento forzoso o cierre por decisión de la autoridad sanitaria) será necesaria la previa autorización de la autoridad laboral.
Si el ERTE se justifica por causas organizativas, técnicas o de producción (falta de suministros o descenso de la demanda) se deberá tramitar conforme a los mecanismos previstos en la ley.
El teletrabajo podría adoptarse por acuerdo colectivo o individual con carácter temporal y extraordinario para el desarrollo de tareas imprescindibles que no puedan desarrollarse en el centro físico habitual, pero tendrá que revertirse cuando dejen de concurrir las circunstancias excepcionales que lo aconsejaron.
La guía hace asimismo hincapié en que la empresa debe adoptar las medidas que indiquen los servicios de prevención, de acuerdo con la evaluación de riesgos, informando de las medidas higiénicas y proporcionando los productos y elementos adecuados para seguirlas.
FUENTE: EXPANSIÓN