- 3 de agosto de 2020
La AIReF recomienda eliminar la tributación conjunta de la Renta porque perjudica a las mujeres
La AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad
Fiscal), tras realizar la segunda fase de su revisión del gasto público
(spending review FASE II), ha recomendado cambios en los
beneficios fiscales para que cumplan sus objetivos y sean más eficientes. En su revisión ha analizado
13 beneficios fiscales, que representan un coste recaudatorio de 35.000
millones de euros, concluyendo que son necesarios cambios en la tributación
conjunta del IRPF, el IVA superreducido (4%) y reducido (10%) y la
reducción por aportaciones a los planes de pensiones.
Cristina Herrero, presidenta
del organismo, presentó los resultados, y entre otras recomendaciones, está la
de eliminar la tributación conjunta, en
el caso de la tributación conjunta
del IRPF. Los analistas de la autoridad han encontrado
que desincentiva a la
participación laboral de las mujeres. La tributación conjunta ahorra 3.400 euros anuales a los matrimonios, sin embargo puede generar incentivos negativos sobre la oferta laboral de las
mujeres, ya que son ellas quienes aportan las rentas más
bajas en el 83,2% de los casos.
Motivo por el que la AIReF propone su progresiva desaparición, con un régimen
transitorio para que no se vean perjudicadas las familias que sí se benefician
de esta medida, como es el caso de los hogares que solo tienen un perceptor de
rentas, que por ejemplo, en un matrimonio con unos ingresos de 24.000 euros
anuales, proviniendo de un solo un cónyuge, ese contribuyente tendría que pagar
3.000 de IRPF, sin embargo si hiciera una conjunta no pagarían nada.
"La tributación
conjunta solo resulta fiscalmente atractiva cuando uno de los miembros de la
pareja no percibe rentas, o cuando percibe rentas bajas. En
consecuencia, esta figura puede generar incentivos negativos sobre la oferta
laboral de las mujeres, que suelen ser el miembro del hogar con menor nivel de
renta", explica la AIReF
Enlace a (AIReF)
FUENTE: ADADE CENTRAL