- 20 de septiembre de 2022
La empresa podrá deducirse los gastos de formación del becario
Trabajo ofrece una rebaja de cotización para la empresa por cada tutor
Avanza con paso lento la negociación entre el Gobierno y los agentes sociales para la aprobación del nuevo Estatuto del Becario. Entre las últimas medidas que el Ejecutivo puso encima de la mesa para acercar la postura de la patronal está un ofrecimiento para que las empresas puedan deducirse en cotizaciones a la Seguridad Social el coste de formar a los estudiantes en la compañía.
El concepto está en compensar el coste de oportunidad que hay en el
hecho de que uno de los empleados de la empresa ejerza como tutor del becario y
le forme en las labores. Se entiende que ese tiempo se le hurta a la empresa en
términos de producción, por lo que se prevé una compensación en forma de
bonificación en la cotización a la Seguridad Social.
Esta exención, aún por determinar, se aplicaría sobre la cuota
empresarial que paga por el trabajador en cuestión. Es decir, el empleado no
vería modificación alguna en su régimen de aportaciones, pero sí la empresa.
Una de las fórmulas que se especula podría aplicarse es que, si un trabajador
destina, por ejemplo, el 20% de su jornada efectiva de trabajo a estas labores
de formación, sea ese mismo porcentaje en el que se reduzca la cotización.
«Las empresas podrán financiarse el coste de la realización de las
actividades de tutorización obligatorias previstas (...) mediante
bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, en las
cuantías máximas y los trámites y requisitos a cumplir por las empresas que se
establezcan legalmente», señala el último borrador al que ha tenido acceso ABC.
La figura
del tutor
Con todo, parece claro que el Gobierno no aplicará en
este caso una cotización específica para el desempleo, tal y como ha ocurrido
con el colectivo de empleadas del hogar, aunque sí aplicará la de contingencias
comunes y contingencias profesionales.
Otro de los aspectos que regula la ley es el número máximo de
estudiantes que pueden estar a cargo de un mismo empleado tutor.
Concretamente, el documento establece un máximo de cinco personas en prácticas
por cada tutor, mientras que en las empresas de menos de 30 trabajadores se
limita a un máximo de tres becarios por tutor. Además, en ningún caso el número
total de estudiantes en prácticas podrá superar el 20% del volumen total de la
plantilla.
El texto, al que ha tenido acceso ABC, también señala que «cualquier
empresa podrá concertar formación práctica con dos personas, con independencia
del número de personas de plantilla». De modo que un autónomo individual que no
tenga trabajadores a cargo, pero que sí haya constituido una sociedad para
canalizar su actividad, podrá contar en el negocio con la presencia de hasta dos
becarios.
Además, aunque no en forma de salario, el empleador deberá compensar los gastos que genere para el becario el ejercicio de la actividad.
FUENTE: ABC