- 13 de junio de 2016
Qué hacer y qué no en una inspección fiscal por sorpresa
Entre 2012 y 2015 se han descubierto cuotas por un importe conjunto sensiblemente superior a los 600 millones de euros, a través de más de 9.000 actas. Solo en 2015 se han destapado 289 millones de euros, 8,5 veces más que en 2012, según la AEAT.
Tener una inspección de Hacienda en un negocio no es plato de gusto, pero en los últimos años numerosos empresarios han visto cómo examinaban sus bares, peluquerías u oficinas. La Administración justifica estas entradas por la utilización de algunas empresas de programas informáticos que permiten la manipulación de datos con la finalidad de ocultar sus ventas. Es el conocido como software de doble uso o software de ocultación.
Según la AEAT, las actuaciones se han concentrado en sectores de la economía donde los clientes son consumidores finales y donde el medio de pago normalmente utilizado es el efectivo. La presencia de estos dos elementos (consumidores y efectivo) dificulta el control de los ingresos por la Hacienda pública, facilitando así la ocultación de las ventas.
Jesús San Martín, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), denuncia que se está metiendo en el mismo saco a todo el mundo. “Que una empresa mayorista haya sido pillada con irregularidades no significa que todos las comentan y se está abusando. A veces los indicios son muy débiles y aun así se conceden autorizaciones judiciales”, afirma.
Ante estas actuaciones, San Martín aconseja al contribuyente tener muy claros sus derechos y estar asesorado por profesionales. “Se trata de un juego que tenemos el deber de respetar, pero si no se está conforme se puede recurrir la decisión judicial y anular los datos recabados de la inspección. De hecho, cada vez son más los empresarios que proceden a la solicitud de recurso”, añade.
Al alza
El número de entradas registradas efectuadas por la Agencia Tributaria en 2013 fue algo menor a 1.300 actuaciones. La cifra ascendió a 1.957 en 2015, lo que supone un incremento del 51%.
Por su parte, José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), considera que las visitas son necesarias ya que permiten “tener una visión directa de la misma, conocer su volumen de actividad y en qué consiste exactamente el negocio”.
“Las visitas ofrecen a los inspectores muchos detalles que pueden dar lugar a identificar que se está cometiendo una irregularidad. Por ejemplo, una cafetería que esté declarando muy pocos beneficios, pero cuando acudes, su negocio está a rebosar, o si tienen reflejados dos contratos de camarero y ves a cuatro trabajando. Incluso mirando la factura de la tintorería podemos saber cuántas mesas han atendido al ver el número de manteles que se han lavado… El propietario siempre puede decirte que son muy limpios y que aunque no se utilicen les gusta tenerlos impecables, pero eso que se lo cuenten a otro”, afirma Mollinedo.
Una de las razones que llevan a la AEAT a entrar en un negocio es la discrepancia entre las bases de datos y las declaraciones de los empresarios. “Por ejemplo, una persona con una renta baja pero que tiene un punto de amarre en un puerto deportivo o un negocio familiar de tres hermanos con pocos beneficios pero luego ves que cada uno de ellos tiene un coche de gama alta… Existen más de dos centenares de cruces de datos que nos pueden hacer sospechar. Muchas veces es una tarea complicada porque cada vez están mejor asesorados y eso la dificulta”, apunta Mollinedo.
Asimismo, el secretario general de Gestha asegura que hay características que coinciden en muchos de los negocios que tienen una contabilidad B. “El principal indicio es que trabajen con mucho dinero en metálico. Las grandes operaciones que se han detectado últimamente todas guardaban esta característica. Es el caso Ballesta, en la que en junio de 2015 se apreciaron irregularidades en desguaces; White, en la que en marzo de ese mismo año se detectó una contabilidad B en la venta mayorista de pescado en Mercabarna; la reciente Presunto, donde el sector cárnico se vio afectado el pasado febrero, o las referentes a grupos de restauración denominadas Lechazo y Pasta Fresca”, enumera.
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Estas operaciones a las que hace alusión Mollinedo, junto con muchas otras, necesitaron de la colaboración de la Unidad de Auditoría Informática (UAI). Un equipo especializado que también ha elevado sustancialmente sus actuaciones. En 2012, la UAI efectuó 897, mientras que en 2015 ese número se elevó a 1.630, lo que equivale a que más del 80% de las entradas se realizaron con su colaboración.
“Todas estas actuaciones son positivas y necesarias, pero están pagando justos por pecadores. La mayoría no somos criminales”, declara el propietario de un restaurante que vio el pasado mes cómo Hacienda entraba en su establecimiento.
“En los últimos tres años la forma de proceder ha cambiado, antes la Administración pedía la documentación al empresario y este tenía que personarse antes de 10 días y aportarla amigablemente. Ahora se opta, en muchos casos, por personarse directamente en los negocios y pueden hacerlo, pero los contribuyentes deben ser conscientes de que también tienen derechos”, explica Juan Luis Sendín, socio director de Garrido Forensic.
Lo primero para hacerlos respetar es ser capaces de diferenciar un espacio judicialmente protegido de uno que no lo es, aconseja Sendín. Un espacio judicialmente protegido es un lugar delimitado y con acceso restringido, y para poder entrar en él se debe contar con una autorización judicial o con consentimiento del administrador o del profesional. Mientras que en los que no lo son, la inspección puede entrar simplemente con la autorización del delegado de la AEAT.
“Es imortante conocer las diferencias porque con una simple autorización del delegado no se puede entrar en el domicilio constitucionalmente protegido”, insiste el socio de Garrido Forensic.
“No se comete ninguna infracción por no dejar entrar a la AEAT en un espacio judicialmente protegido si no se cuenta con la correspondiente autorización judicial. De hecho, es un derecho del empresario negarse a hacerlo”, recuerda Sendín.
Claves para conocer y hacer respetar sus derechos
P. ¿Cuándo se puede producir una visita presencial?
R. Al inicio de la comprobación o en cualquier otro momento.
P. ¿A qué hora pueden presentarse los inspectores?
R. Se debe respetar la jornada laboral de la empresa o local, al no ser que el administrador autorice lo contrario o cuando lo exijan las circunstancias de las actuaciones.
P. ¿Qué es un espacio judicialmente protegido?
R. Aquel que tiene el acceso restringido a terceros. En caso de despachos ubicados en hogares, el propio domicilio también estaría protegido por el derecho a la privacidad.
P. ¿Qué características debe tener un espacio judicialmente protegido?
R. Debe tratarse de una zona de acceso restringido a terceros, ajenos a la empresa, en el que se manifieste la privacidad de la misma. En esta zona se puede llevar la contabilidad, las facturas...
P. ¿Cuándo puede un funcionario entrar en él?
R. Cuando disponga de autorización judicial (no sirve con una autorización del delegado) o cuando tengan una autorización expresa y voluntaria.
P. ¿A quién le compete dar la autorización?
R. Al administrador de la sociedad y en el caso de un despacho profesional, al titular.
P. ¿Qué datos puede pedir Hacienda?
R. Todo aquel que tenga trascendencia tributaria (facturas, libros de cuentas y de registro, contabilidad...) de ejercicios no prescritos.
P. ¿Tengo obligación de aportar la documentación?
R. Sí. Siempre hay que aportar la información que el inspector solicite ya que tiene derecho por ley.
P. ¿Qué puede ocurrir si no se facilita la información o no se permite el acceso a una zona con derecho de entrada?
R. No entregar la documentación es objeto de sanción, pudiendo llegar al 2% de la cifra de negocio del último ejercicio declarado. La multa mínima es de 20.000 euros y la máxima, de 600.000. También es sancionable no dejarles entrar a un espacio en el que tienen derecho a hacerlo.
FUENTE: CINCO DIAS