- 15 de diciembre de 2016
Un letrado, condenado a pagar 27.000 euros a un cliente por asesorarle mal
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un abogado por negligencia profesional, exigiéndole una indemnización de 27.333 euros, tras haber provocado que su clienta fuera condenada a pagar las costas de un procedimiento.
Asesorar mal a un cliente puede salir caro. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca ha confirmado la condena a un abogado por negligencia profesional, exigiéndole una indemnización de 27.333 euros, tras haber provocado, con su mala praxis, que su clienta fuera condenada a pagar las costas de un procedimiento.
En este caso, la clienta se hallaba inmersa en un procedimiento de liquidación de una sociedad de gananciales constituida con su exmarido. Su abogado solicitó incluir en el inventario bienes y derechos por valor de 300.000 euros, pese a saber que eran privativos del esposo. La petición fue desestimada y la clienta tuvo que pagar costas.
Según la sentencia, aunque hubiera sido la clienta quien insistió en la necesidad de incluir dichos bienes, el letrado debe saber que, pese a haber sido adquiridos con posterioridad al matrimonio, se consideran privativos por ser objetos de uso habitual del marido. Además, recuerda que tampoco puede ser ganancial el incremento patrimonial obtenido por el valor de la sociedad cuyas participaciones sociales le fueron transmitidas por sus padres antes de la celebración del matrimonio. La audiencia considera que pretender incluir estos bienes en el activo del inventario de la sociedad de gananciales constituye una evidente negligencia del letrado que nunca puede imputar a su cliente, salvo que hubiese salvado su responsabilidad o hubiese recibido información errónea.
Eximir de responsabilidad
Finalmente, concluye que existe un nexo causal entre la negligencia profesional que se imputa al letrado y el daño provocado a su clienta. Además, no acepta que se pueda eximir al abogado de responsabilidad por el hecho de que su clienta gozara del beneficio de justicia gratuita en primera instancia, ya que podría haberse opuesto a defender pretensiones insostenibles.
FUENTE: EXPANSION