- 2 de mayo de 2024
Límite del uso de permisos retribuidos para acompañar a familiares no dependientes
El TS ha establecido el límite del permiso retribuido para el acompañamiento de familiares no dependientes a citas médicas, especificando que este beneficio solo aplica para familiares dependientes a cargo del trabajador.
Esta resolución, que reafirma la necesidad de conciliar la vida laboral y familiar bajo criterios de dependencia, surge en respuesta a un conflicto interpretativo de un plan de igualdad en el sector del contact center.
La sentencia del Tribunal Supremo, número 496/2024 de 20 de marzo de 2024, resuelve un conflicto colectivo planteado por la interpretación de una medida del plan de igualdad de una empresa, que otorgaba 35 horas anuales retribuidas para acompañamiento a consultas médicas.
La controversia se centró en si estos permisos deberían extenderse a padres del trabajadore que no estén a su cargo ni sean dependientes.
Detalles de la decisión judicial
- Limitación del permiso: Según el TS, el permiso retribuido para acompañamiento médico está justificado únicamente cuando existe una necesidad de conciliación derivada de la dependencia del familiar, como establece el convenio colectivo del sector de contact center.
- Criterios de dependencia: El permiso se aplica a hijos, padres o cualquier persona dependiente a cargo del empleado, excluyendo a aquellos familiares que no requieren cuidados especiales y pueden asistir a citas médicas de manera independiente.
Para estar en línea con la legalidad y las necesidades reales de conciliación de los empleados, las empresas deben estar atentas a esta interpretación.
ADADE Central