- 4 de octubre de 2024
El TS destaca la importancia del principio de igualdad en la consideración de despidos similares
El Tribunal Supremo (TS) ha reiterado la relevancia del principio de igualdad en la aplicación de la ley en su sentencia n.º 814/2024, de 30 de mayo de 2024, (ECLI:ES:TS:2024:3016). Este fallo subraya que, en situaciones de despidos sustancialmente similares, los tribunales deben actuar de manera coherente, explicando detalladamente cualquier discrepancia en las decisiones.
Coherencia en la calificación de los despidos
El caso en cuestión analiza dos despidos objetivos asociados a causas económicas derivadas del COVID-19, donde la misma sala de suplicación emitió decisiones contradictorias: uno de los despidos fue declarado procedente y el otro improcedente. En ambos casos, las sentencias de instancia habían considerado probadas las mismas causas económicas y productivas, tal como exige el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores (ET), que remite al artículo 51.1 ET.
A pesar de las similitudes, la sala de suplicación calificó uno de los despidos como procedente y el otro como improcedente. Ante esta contradicción, el TS destacó la necesidad de una explicación clara de las razones que justifican un tratamiento diferente de situaciones tan semejantes. Según el TS:
“Es particularmente exigible que la posterior sentencia explicite las razones por las que se separa de lo resuelto con anterioridad por la misma sala respecto de la necesidad de examinar a proceder la conexión de funcionalidad y la existencia de proporcionalidad.”
El principio de igualdad en la aplicación de la ley
El TS subrayó que, cuando se presentan casos idénticos o muy similares, como en presente, las decisiones judiciales deben ser consistentes para garantizar el principio de igualdad en la aplicación de la ley. El fallo enfatizó que no es razonable que, ante circunstancias tan parecidas, se produzcan calificaciones contradictorias de despidos sin una justificación clara y fundamentada. En este sentido, el TS indicó que:
“No es razonable que, en unos supuestos tan iguales como los descritos, un despido sea calificado de procedente y otro de improcedente por la misma sala de suplicación.”
Esta resolución, además de corregir la disparidad en los fallos, establece un precedente importante sobre la necesidad de coherencia en las decisiones judiciales, aplicando la doctrina ya sentada en la STS n.º 530/2023, de 19 de julio (ECLI:ES:TS:2023:3394). Con ello, el TS refuerza la idea de que las decisiones judiciales deben basarse en una aplicación equitativa y uniforme de la ley, especialmente cuando los hechos son prácticamente idénticos.
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